Acuerdo de lenidad de Brasil y otras pruebas no fueron admitidas en juicio Odebrecht

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Varias de las principales pruebas documentales con la que contaba el Ministerio Público para probar su acusación en contra de los seis implicado en los sobornos de Odebrecht fueron excluidas por las juezas que llevan el proceso judicial.

A unanimidad, las juezas Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, decidieron dejar fuera del proceso la comunicación remitida a Jean Alain Rodríguez que continente el Acuerdo de Admisión de Culpabilidad ASA-DOJ, y el Acuerdo de Lenidad de Brasil.

Estos documentos que constituyen las pruebas 1; 1.1; y 1.2 del Ministerio Público, no entraron al proceso conocido en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, porque no estaban debidamente traducidas del idioma portugués al español, como establece la norma.

Sin embargo, el tribunal expresó que serán incorporadas al debate las pruebas 1.3; 1.4; 1.5 y 1.6. Es decir, serán valorados las delaciones de Marcos Vasconcelos Cruz y otras colaboraciones.

Esta decisión de las juezas se dio a raíz de una objeción que hizo la defensa de Andrés Bautista, a través del abogado Carlos Salcedo, quien pidió la no incorporación de estas pruebas documentales del Ministerio Público. A esa objeción se sumaron las defensas de Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Tommy Galán, Conrado Pittaluga, y Juan Roberto Rodríguez.

Reacción de las partes

El abogado Miguel Valerio, defensa de Díaz Rúa, y el abogado José Miguel Minier, defensa de Ángel Rondón, consideraron que lo ocurrido hoy es una muestra de que el Ministerio Público no tiene pruebas en este caso. Aconsejaron a la Procuraduría retirar la acusación para “evitar un espectáculo de mal gusto a la sociedad”.

El titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, adelantó que no se quedarán de brazos cruzados e interpondrán un recurso de oposición para que las juezas reconsideren su decisión.

“En este punto que está el proceso, las evidencias más importantes son las delaciones, y son las que contienen las versiones de los colaboradores en Brasil. Cada una de esas delaciones están debidamente traducidas al español y deberán ser incorporadas por el tribunal a este proceso”, expresó Camacho.

Agregó que: “sobre los otros elementos no acogidos, el Ministerio Público estará haciendo las verificaciones”, ya que está convencido que cuando interpongan el recurso de oposición el tribunal tendrá que retractarse.

El juicio fue suspendido para continuar mañana martes a las 9:00 de la mañana.

Importancia de las pruebas

Las pruebas 1; 1.1; 1.2, vinculadas a los seis imputados en el proceso, tienen en detalle una comunicación remitida a Jean Alain Rodríguez que continente el acuerdo de admisión de culpabilidad USA-DOJ, el acuerdo de lenidad de Brasil, declaraciones de Marcos Vansconcelos Cruz, con sus respectivos datos de corroboración.

Según las pretensiones probatorias establecidas en la acusación, con la prueba número uno, el Ministerio Público pretende probar que mediante el acuerdo de lenidad entre el Ministro Público de Brasil, el Departamento de Justicia de Estados Unidos, y la Procuraduría General de Suiza, la razón social Constructora Norberto Odebrecht, admitió que durante el periodo comprendido entre los años 2001 al 2014 realizó pagos en distintos países, entre los se encuentra República Dominicana, a través de intermediarios y funcionarios públicos de los gobiernos, con el fin de facilitar o asegurar la adjudicación de ciertos contratos de construcción de obras de infraestructura.

También pretenden probar que en virtud de estos acuerdos fueron remitidos al Ministerio Público dominicano el listado de declaraciones (delaciones) de los empleados de Odebrecht en las que estos describen la participación individual de cada uno de los empleados.

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